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AFIP crea nuevo registro para productores de trigo, maíz, soja y girasol


A partir de esta campaña agrícola, los productores deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sus producciones de trigo, maíz, soja y girasol, de manera independiente al destino que tengan los granos una vez cosechados.
Según la Resolución General 3342 del organismo que conduce Ricardo Echegaray, publicada hoy en el Boletín Oficial, la información referida a trigo deberá remitirse entre el 1 de septiembre y el 28 de febrero, mientras que en el caso de maíz, soja y girasol el plazo irá desde el 1 de enero al 31 de agosto.
La información deberá ser cargada en el sitio web de la AFIP, en el apartado "Productores Agrícolas - Capacidad Productiva", una vez cumplida la obligación de reportar la superficie productiva correspondiente a cada grano, tal como lo dispone la Resolución General 2750, pero siempre antes del traslado y comercialización de los productos obtenidos.
No obstante, la AFIP admitirá la modificación de la información remitida, siempre que no exceda los plazos previstos para cada grano. Si la modificación es posterior al 28 de febrero de cada año para el caso del trigo y del 31 del agosto para maíz, girasol y soja, los productores deberán realizar un trámite adicional con carácter de declaración jurada.
De no cumplimentarse estos requisitos, la AFIP podrá bloquear cartas de porte y códigos de trazabilidad de granos, y suspender a los productores del "Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas".

nosis