El Gobierno elevó de 15 a 30 días corridos el plazo para el ingreso de divisas al sistema financiero provenientes de operaciones de exportación de más de 800 posiciones arancelarias.
La decisión se conoció hoy, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 231 del Ministerio de Economía, que modificó el plazo de 15 días fijado en la Resolución 142 del 24 de abril último.
Esa norma ya había sido modificada a principios de mes, permitiendo que las empresas que exportaron hasta dos millones de dólares en 2011 liquiden las divisas en el sistema financiero local en un plazo de 30 a 360 días corridos, siempre contados a partir de la realización del embarque.
A fines de la semana pasada Beatriz Paglieri, secretaria de Comercio Exterior, había adelantado que se incluirían nuevas excepciones a la norma que redujo los plazos para liquidar divisas por exportaciones, aunque sólo aclaró que uno de los sectores beneficiados sería el vitivinícola.
El plazo mínimo de liquidación de divisas ahora ampliado a 30 días, contados a partir del embarque, rige para operaciones de comercio exterior de más de 800 posiciones arancelarias como cereales, oleaginosas, aceites, preparaciones a base de cereales, minerales metalíferos, combustibles, automóviles, armas y objetos de arte.
nosis