La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso que a partir del 1º de mayo, se le deberá informar de todas las operaciones económicas entre un residente en la Argentina y representantes de personas o entes del exterior, aún cuando sean gratuitas.
Quienes estarán obligados a informar las operaciones serán "los representantes en el país de los sujetos o entes del exterior", y "quienes intervengan (...) en calidad de prestadores de servicios tales como escribanos, bancos, mercados de valores, compañías de seguros y casa de cambio", según la Resolución General 3285 publicada hoy en el Boletín Oficial.
El nuevo sistema de información que creó la AFIP establece que los "sujetos obligados" tendrán que empadronarse en la AFIP y presentar un informe sobre las operaciones realizadas cuatrimestralmente.
En caso de que no se hayan producido operaciones, deberán informar a través del sistema la novedad "sin movimiento". Y quedarán excentos de la obligación cuando durante tres cuatrimestres no se registren operaciones, al menos hasta tanto se concrete una nueva operación.
Entre las operaciones a informar se encuentra la compraventa de bienes tangibles (excepto bienes registrables), la compraventa de títulos valores, la cesión de derechos, la negociación con derivados financieros, la constitución de fideicomisos, la adquisición o prestación de servicios de consultoría financiera, comercial o industrial, y contratos de factoring y leasing.
La información deberá ser enviada a través del sitio web del organismo fiscal.
nosis
Se tendrán que informar operaciones entre residentes y representantes del exterior
marzo 14, 2012