La Unidad de Información Financiera (UIF) fijó en 150 días el plazo para comunicar maniobras sospechadas de lavado de dinero y en 48 horas para informar presunta financiación de terrorismo.
Así lo estableció el organismo a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 1/2012, que resulta "Adecuación de la Normativa UIF por sanción de la Ley Nº 26.683", que fue firmada el viernes 6 de enero.
Los Considerandos señalan que mediante la Resolución UIF Nº 51/11 se "ha implementado un Sistema Reporte de Operaciones Sospechosas 'on line', por lo que resulta necesario establecer un plazo máximo para remitir la documentación respaldatoria de los mismos".
El artículo 3 de la resolución establece que "el plazo máximo para reportar hechos u operaciones de Lavado de Activos será de ciento cincuenta días corridos (150) contados a partir de la toma de conocimiento de la misma".
Respecto a la presunta financiación de terrorismo el articulo 6 de la resolución publicada hoy fija que "los Sujetos Obligados deberán conservar toda la documentación de respaldo de los mismos, la que permanecerá a disposición de esta Unidad Informática Financiera deberá ser remitida dentro de las 48 horas de ser solicitada".
La norma amplía los requisitos para la inscripción de los denominados "Oficial de Cumplimiento" y para la designación de su suplente, quienes son nombrados por todos aquellos "Sujetos Obligados" a brindar información ante la UIF.
También se ampliaron las tareas de control obligando a precisar el "perfil del cliente", con el fin de detectar maniobras que puedan considerarse irregulares".
La norma sugiere que debe extenderse el control a los movimientos que pudieran existir en tarjetas corporativas".
nosis
UIF fijó plazos para informar operaciones sospechosas
enero 09, 2012