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Modifican impuestos internos para autosy motos

A partir de hoy, todos los vehículos que se vendan en el país, cuyo valor sea superior a 150.000 pesos -calculado sin IVA y sin el margen de ganancia de los concesionarios- y todas las motos de valor superior a 22.000 pesos, deberán tributar impuestos internos.

La decisión fue adoptada mediante el decreto 1, pbulicado en el Boletín Oficial de hoy, firmado por el vicepresidente -en ejercicio de la Presidencia- Amado Boudou.
La norma modifica la base imponible sobre la que se calcula el pago de impuesto impuestos internos para vehículos, que hasta fin del año pasado fue de 212.500 para autos y de 25.000 para motos.
Si bien el decreto establece un nuevo monto de la base imponible para automotores, mantiene el valor de las alícuotas: los nafteros pagan el 10 por ciento del valor y los gasoleros pagan el 22,5 por ciento.
Según el Ministerio de Industria, la medida alcanza a unos 48.000 vehículos nafteros y unos 11.000 gasoleros del universo total de ventas en el mercado interno.
En la práctica, los vehículos que a partir de 2012 tributarán este impuesto serán los que, puestos en la calle (sumados el IVA y el margen de ganancia de los concesionarios) tengan un precio superior a 199.650 pesos y no afecta a los vehículos de carga ni de pasajeros.
De esta manera, según la cartera que dirige Débora Giorgi, "se dará protección y mayor competitividad a los autos de producción nacional, ya que el 95 por ciento de los nafteros y el 75 por ciento de los gasoleros que superarán el nuevo piso para el pago de impuestos serán vehículos importados de extrazona".
El decreto 1 del Poder Ejecutivo actualiza los montos de la Ley de Impuestos Internos 24.674 para autos, motos (la alícuota queda en 10 por ciento) y embarcaciones (se mantiene la base imponible en 22.000 pesos y la alícuota sube de 8 a 10 por ciento).

nosis