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EL BANCO CIUDAD AMPLIA EL PAGO DE LIBRANZAS POR TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA A TODAS SUS SUCURSALES

En el marco de la Comunicación A 5147 del B.C.R.A. referida a las “Cuentas a la vista para uso judicial”, el Banco Ciudad informa que a partir del lunes 6 de diciembre extendió la operatoria judicial bancaria por transferencia electrónica a todas sus sucursales.
COBRO DE LIBRANZAS
Los cobros de libranzas judiciales se podrán tramitar en cualquier sucursal del Banco Ciudad. Estas operaciones son sin costo y se hacen a través del mecanismo de transferencia electrónica.

· Es condición que el titular de la libranza sea titular de la cuenta de destino. Para ello deberá adjuntar copia de DNI, CBU y CUIT. También constancia de la situación impositiva (de corresponder).

· Si no se posee una cuenta bancaria, el Banco Ciudad abrirá una cuenta totalmente gratuita donde se depositarán los fondos dispuestos por el tribunal.

· No es necesario que el beneficiario se acerque a la sucursal, se puede enviar la libranza a través de un tercero. Al dorso de la misma se debe indicar de puño y letra que se solicita el pago por transferencia, especificando número de cuenta y Titular, con firma y aclaración.

· En el caso de que deban cobrar varios beneficiarios una misma libranza, se admiten hasta 4 CBUs de destino. Para utilizar este mecanismo de desdoblamiento de la libranza, el titular de la misma debe concurrir a la Sucursal Judicial de Av. Corrientes 1418, C.A.B.A.

· Para operaciones de transferencia a cuentas del Banco Ciudad el plazo de acreditación es de 24 horas, y para el resto de las entidades bancarias es de 48 horas cuando la libranza se deja en la Sucursal Judicial. Cuando se presente en alguna otra sucursal este plazo podrá extenderse hasta 72hs.

· El Banco emite un comprobante de la operación para entregar al solicitante.

· Se deja expresa constancia que ninguna transferencia desde cuentas judiciales está afectada por el cobro de comisiones, resultando esta operatoria totalmente gratuita. Asimismo, la operatoria judicial por transferencia electrónica no está afectada por ninguna carga impositiva.


DEPÓSITOS JUDICIALES

Desde el 1º de diciembre, el Banco Ciudad acepta depósitos judiciales por transferencia bancaria.

· Para efectuar depósitos judiciales las personas deberán transferir los fondos desde su banco a la CBU de la cuenta judicial. Esta operación puede hacerse por Homebanking.


· Si no se conoce el número de CBU de la cuenta judicial se puede consultar por email a suc75jud@bancociudad.com.ar o solicitarlo personalmente en la sucursal de Talcahuano 459, C.A.B.A.


· “Depósitos Judiciales Automáticos” vía aplicativo: Esta herramienta ha sido creada para empresas u organismos que deban cumplir con una orden judicial de traba de embargo sobre sueldos. A través una aplicación que se instala en la empresa/organismo, se transmite al Banco, vía FTP. El trámite deberá iniciarse en la sucursal del Banco Ciudad donde la empresa u organismo tengan radicadas sus cuentas.



La nueva normativa del Banco Central viene de esta manera a reforzar el cambio iniciado en octubre de 2008 cuando el Banco Ciudad y la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmaron el convenio “Extranet Judicial” para informatizar la operatoria judicial bancaria, significando una medida contundente para optimizar la calidad de atención a los usuarios y clientes de la institución, quienes se benefician con menores tiempos de espera y agilidad en los trámites bancarios. Al mismo tiempo, la implementación de una operatoria mucho más segura, a través de medios electrónicos, sin transacción de efectivo, es una medida clave para combatir el flagelo de las salideras bancarias, el lavado de dinero y la evasión tributaria.

Para mayor información ingrese a www.bancociudad.com.ar/personas/operativa-judicial y/o consulte por correo electrónico a suc75jud@bancociudad.com.ar o en nuestro Centro de Atención y Servicio al Cliente 0800-22-20400.