A partir de mañana, los bancos deberán informar los depósitos superiores a 40.000 pesos.
Ese requerimiento surgió de la resolución número 121, publicada el viernes en el Boletín Oficial, con la cual se unificaron criterios entre la Unidad de Información Financiera (UIF) y el Banco Central, en la lucha contra el lavado de dinero.
La norma establece que las entidades bancarias deberán trazar el perfil de los clientes habituales y de quienes operen por montos superiores a 60.000 pesos al año.
Con esa resolución se derogó además la número 37, emitida en febrero por la UIF, que establecía una serie de controles sobre los clientes con operaciones anuales de más de 500.000 pesos.
A partir de mañana, los bancos deberán requerir a sus clientes habituales elementos para conformar su perfil y fijar un monto anual estimado de operaciones.
La entidad deberá verificar que el cliente "no se encuentre incluido en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas".
La medida apunta a cumplir con los requisitos exigidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para la lucha contra el lavado de dinero.
nosis
Lavado de dinero: bancos informarán depósitos superiores a $ 40.000
agosto 22, 2011