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Ingresos Brutos: las retenciones bancarias porteñas son ilegales si generan saldos permanentes

El Tribunal Superior de Justicia porteño determinó que las retenciones bancarias del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se tornan un recurso público ilegítimo al aplicarse a rubros no alcanzados, generando saldos a favor permanentes, y ordenó suspender esas extracciones a una empresa, hasta que se compensen o restituyan los saldos respectivos.
Al pronunciarse sobre un amparo de "Minera IRL Patagonia", el Tribunal Superior respaldó la orden judicial dada al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que se abstenga de realizar a un contribuyente retenciones de Ingresos Brutos por aplicación del sistema Sircreb, indicaron Vivian Monti y Richard Amaro, de Tax & Legal KPMG a El Cronista.
Todo se inició cuando la empresa recibió aportes de capital de sus socios a través de una cuenta corriente bancaria, de la cual fue retenida la suma de $538.023,55 por Impuesto sobre los Ingresos Brutos mediante el Sistema Sircreb. Ese saldo no pudo ser utilizado y llegaba a $535.739,48 cuando la empresa decidió recurrir a la Justicia.
Minera IRL Patagonia presentó un amparo para solicitar la inmediata exclusión de todos los regímenes de retención y percepción dispuestos por el GCBA. Adicionalmente solicitó el cese de las retenciones Sircreb en la cuenta corriente bancaria.
En primera instancia, se resolvió que el GCBA debía abstenerse de realizar retenciones Sircreb, y a su turno, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario confirmó esa sentencia.
El GCBA dedujo recurso de inconstitucionalidad argumentando que la sentencia afectaba el ejercicio de su facultad recaudatoria, toda vez que bloqueaba la posibilidad de realizar retenciones Sircreb sin límite temporal y sin discriminar el origen del dinero depositado en la cuenta bancaria.