La Corte Suprema de Justicia creó un Cuerpo de Peritos del Poder Judicial de la Nación, Especializados en Casos de Corrupción y Delitos contra la Administración Pública, que actuará a requerimiento de los magistrados judiciales con competencia criminal (Acordada 34/2014). El Cuerpo actuará a requerimiento de los jueces y deberá elaborar los informes en un tiempo razonable sobre la base de actuaciones transparentes. La Corte busca agilizar los procesos en los que se combate la corrupción.
Tal vez no han progresado mis denuncias de corrupción de los funcionarios pesqueros porque los jueces federales no entienden los mecanismos utilizados desde la Secretaria de Pesca de la Nación y el Consejo Federal Pesquero para generar, mantener, multiplicar permisos de pesca ilegales. Si bien estos mecanismos corruptos llevan más de tres décadas de éxito y mejoras continuas (y cuando los publico los ciudadanos los entienden), necesiten los jueces acudir al flamante Cuerpo de Peritos de la Corte para castigar los casos de corrupción de criminalidad económica en el sector pesquero.
Por ejemplo, en el Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata duerme la causa 15956 y conexas. Puede que el auxilio de los expertos en corrupción del nuevo Cuerpo de Peritos ayude a comprender la ilegalidad de los permisos de pesca otorgados a Solimeno, documentadas en las auditorias de AGN-PTN-UBA-SIGEN para así desentrañar su enriquecimiento ilícito y condenarlo a que devuelva lo robado.
Los dictámenes de estos organismos especializados están en idioma castellano. Se traducen en los millones de dólares robados a partir de la explotación ilegal de los trabajadores de la pesca y de recursos alimentarios soberanos de la Nación Argentina.
Pero la justicia federal de Mar del Plata no los entiende y Solimeno sigue robando. Exporta en dólares y euros, paga en pesos. Incluso recibe ayudas financieras del estado (PLAN NACIONAL REPRO) para abonar los salarios de sus trabajadores blanqueados con el dinero de todos y todas, beneficiado con gas oil preferencial y créditos del BAPRO a tasa blanda.
LAS ILEGALIDES DOCUMENTADAS DE LOS PERMISOS DE PESCA DE SOLIMENO DE LOS BUQUES PAKU, SAN FRANCISCO, UR ETZRA, NAVEGANTES, BORRASCA Y JOSHEP DUHAMELL
Los siguientes expedientes de Solimeno fueron auditados por la AGN cuyo informe fuera publicado en el 2004 y muestran los actos de corrupción que le permitieron obtener permisos de pesca ilegalmente. Los expedientes son tramitados ante la Subsecretaria de Pesca a partir de los cuales se logran las aprobaciones del Consejo Federal Pesquero,
Buque pesquero marisquero congelador PAKU
EXPTE. 1.064/89 Matrícula 5211.
Con fecha 31/01/89, LUIS SOLIMENO E HIJOS SA declara ser el nuevo titular de la embarcación, solicita el registro como propietaria y la extensión del permiso de pesca a su nombre (fs.1-25/47-49/65).
Con fecha 31/01/89 a fs. 96 se observa se otorgó la inscripción definitiva así como también el permiso aludido sin constar en autos el certificado de matrícula.
De todas formas se le otorgó un permiso de captura irrestricto a partir del cual todo es posible. La ilegalidad intentó ser borrada porque el CFP le permite en el 2000 reinscribir al buque en la Matricula 0250 con la que se le otorgó en 2006 un Permiso de Pesca de Gran Altura por un plazo de DIEZ (10) años.
En el 2011 Solimeno pide la cesión definitiva de CITC del buque PAKU (M.N. 0250) al buque LUCA MARIO (M.N. 0546) pero en los listados del 2009 figuraba todavía con la vieja Matricula 5211 a la que se le habían asignado cuotas de captura de la especie merluza común como fresquero. El LUCA MARIO es el ESTREITO DE RANDE (ver nota anterior).
Buque pesquero fresquero SAN FRANCISCO
EXPTE. 94534/72 Matricula 4665
A fs. 27 y con fecha 22/06/76, la firma SOLIMENO CIOFFI y Cía solicita inscripción del buque declarando ser propietaria de la embarcación SAN FRANCISCO (barquito de madera amarillo), sin acompañar contrato social, estatutos ni constancia de inscripción registral como persona jurídica, Según constancia de fs. 40, por Disp. N° 1137 del 26 de julio de 1976 se otorgó la inscripción solicitada, aún cuando no se adjuntara escritura de la embarcación ni Certificado de Matrícula actualizado con el registro correspondiente. Debió al menos otorgarse la inscripción en forma provisoria.
A fs. 42 y con fecha 13 de julio de 1976, por apoderado se solicita permiso de pesca, el que es otorgado en forma precaria por 2 años el 10/02/77 (fs. 47). En forma coincidente con la provisoriedad con que debió otorgarse la inscripción como propietario, el permiso también debió haberse otorgado en forma provisoria y por el mismo término.
Habiéndose informado con fecha 25/06/89 el hundimiento del buque SAN FRANCISCO acaecido el 06/06/89 (fs.125/126), el 02/04/93 por Resolución N° 136/93 se dio de baja la inscripción del registro de embarcaciones pesqueras al buque por haber estado inactivo por más de 180 días sin causa justificada (fs.118/124). El permiso había caducado.
Sin que conste la tempestiva petición de reemplazo de la embarcación siniestrada (art. 12 de la Res. 245/91) sino solo la comunicación del siniestro, a fs. 127 y sin consignar fecha, el Departamento de Fiscalización de la DNPA indica que corresponde el archivo de las actuaciones por haber sido reemplazado el buque SAN FRANCISCO por el buque PONTE DE RANDE mediante Resolución SAGPyA N° 26/96 recaída en Expediente N° 803770/94, sin glosar copia de la misma.
Es decir, a este buque de Solimeno se lo matricula y concede permiso de pesca con una sociedad inexistente. Hundido, cuatro años después se lo da de baje como “inactivo” para de esta forma reemplazarlo ilegalmente por el PONTE DE RANDE. De un barquito amarillo de 500 cajones nace un congelador de 1000 toneladas, en abierta violación ley federal de pesca 24922.
Buque pesquero congelador UR ETZRA
EXPTE N°800258/95 Matrícula 6508
En este expediente se presenta PESQUERA ARGENTINA ALBATROS y la empresa URONDO SA para la inscripción definitiva, captura y comercialización de especies excedentarias del buque UR ETZRA en el marco de la ley 24315. Este congelador ingresa para no pescar merluza común.
A fs. 119 obra Informe del Departamento de Sumarios (22/2/95) con firma sin aclarar a quién pertenece, a la Dirección de Control y Administración de Recursos Pesqueros, respecto al cumplimiento de la Res. 557/94 que exigía ciertos requisitos incumplidos a saber:
No figuran los antecedentes de la empresa argentina que presenta un balance sin la debida legalización del Colegio respectivo. Constan los antecedentes de la empresa comunitaria que presenta un balance del año 91 sin legalizar y no presenta balances posteriores. Se presenta un convenio de partes por el cual se comprometen a constituir la Sociedad Mixta, que debía constituirse antes de la aprobación del proyecto y acreditarse debidamente.
A fs. 283/285 obra Resolución N° 268/95 de la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca aprobando el proyecto pesquero de la Sociedad Mixta UROMAR SA (que surge de empresas que no acreditan su existencia) encuadrado en el Convenio con la Comunidad Económica Europea, consistente en la incorporación del Buque pesquero UR ERTZA.
A fs. 301 UROMAR SA solicita a la Dirección Nacional de Pesca incorporación provisoria a la Matrícula Nacional. A fs. 306 obra Certificado de Matrícula N° 6508, de fecha 2 de noviembre de 1995 (válido por 180 días).
A fs. 323/324 la Disposición del Director Nacional de Pesca y Acuicultura Nº 156 del 13/2/96, otorga a la firma UROMAR SA inscripción definitiva como propietaria del buque pesquero UR ERTZA M 6508.
A fs. 325 UROMAR SA solicita la ayuda financiera establecida en el Acuerdo Pesquero Argentino Unión Europea. (12-2-96) y según lo reglamentado por resoluciones ex SAGyP 110/94 y 378/95 sin que surja si se cumplen los requisitos para solicitar y dar ayuda financiera.
A fs. 328 consta comunicación del Jefe de Gabinete a la Subsecretaría de Pesca (ing. Daniel Higa) por la entrega $ 204.700 (dólares) de ayuda financiera (26/8/96), ayuda que se otorga con una solicitud de apoyo financiero a la Secretaría de Pesca de Madrid firmada pero sin certificar. Con fecha 14 de marzo del 97 y a fs. 332, se comunica que la suma de $ 47.000 (dólares) se depositó a la cuenta del Banco Provincia sucursal Mar del Plata firmada por Higa, como Secretario Técnico del Acuerdo de Pesca.
A fojas 333 consta el NIF, número identificación fiscal y escritura constitución, en copias sin firma original y sin certificar. Figura también la escritura apoderamiento en fotocopia con DNI y NIF del solicitante, en copias sin firma original y sin certificar.
Se adjunta hoja de asiento buque y Certificado de navegabilidad, en copias sin firma original y sin certificar. Obra la certificación de cuenta bancaria, en copias sin firma original y sin certificar.
La presentación por la armadora comunitaria ante la CEE es en fotocopia simple.
Se le otorga un cupo de 3885 toneladas: merluza de cola 3000 tn, granadero 525 tn y bacalao austral 360 tn.
Este buque ingreso bajo el acuerdo pesquero comunitario ley 24315 para la pesca de especies excedentarias. Fue inscripto como congelador. Pero en contra de toda la legislación, pescó desde su ingreso al país MERLUZA COMUN. Incluso se le transfiere el permiso de pesca del buque fresquero MAYORAL en concepto de complemento de capacidad de bodega (otra de ilegalidades pagadas por la corrupción) de 4.195 toneladas de captura irrestricta como complemento de bodega para poder pescar MERLUZA COMÚN, violando la ley del Acuerdo comunitario. Esta transferencia fue revocada por resolución judicial que no fue cumplida porque siguió pescando irrestrictamente.
En el 2002, directamente UROMAR SA solicita que el UR ERTZA opere como fresquero para evitar la resolución judicial. Cita como antecedente el buque KANTXOPE que pasó de congelador a fresquero en violación a la ley federal de pesca 24922 que prohíbe transformar buques congeladores en fresqueros. Se le deniega y presenta reconsideración.
En el 2004, UROMAR informa a Pesca el cambio de titularidad del UR ERTZA a ARPES SA y se lo deja seguir operando a pesar del incumplimiento de la orden judicial, como si haber cambiado de empresa legalizara su situación.
En el 2009, LUIS SOLIMENTO E HIJOS SA (23/10/09) pone a disposición el volumen de la Autorización de Captura de merluza de cola, correspondiente al b-p UR ERTZA (M.N. 0377, luego de reinscripción) para ese año. Y se le permite a Solimeno que con este buque realice la experiencia de selectividad de merluza común con una red con dispositivo selectivo Grilla AR-SEL experimental propuesto por el propio Solimeno como propia (es una copia trucha de uno europeo) con fecha de zarpada en el 2010.
En el 2013 el CFP aprueba la transferencia definitiva y total de la CITC de merluza común del buque LETARE, de la empresa LUIS SOLIMENO E HIJOS SA a favor del buque UR ERTZA de la firma ARPES SA.
En el 2014 con la gestión de Oscar Fortunato se le otorgaron a Tony Solimeno otras 200 toneladas de merluza para el UR ERTZA (Tony tiene a su empleado Fortunato en el CFP y a su otro empleado Bustamante como Subsecretario de Pesca).
Actualmente figura como fresquero. Lo confirma la empresa en la pagina institucional www.solimenosa.com.ar.
Por lo expuesto este buque pescó ilegalmente desde su ingreso al caladero nacional a la fecha.
Buque pesquero congelador factoría NAVEGANTES
EXPTE. 806308/93 Matrícula 0542
A fojas 1, en fecha 29 de diciembre de 1993, se presenta “Horacio” SOLIMENO E HIJOS SA y manifiesta que ha adquirido el buque NAVEGANTES, el cual declara cuenta con un permiso de pesca restringido, tanto en las especies a capturar como en la zona de operaciones. Propone realizar un intercambio de permisos de pesca entre las embarcaciones pertenecientes a la solicitante. Propone ceder al NAVEGANTES los permisos de pesca irrestrictos y definitivos que poseen las embarcaciones LETARE (re transferido luego al UR ERTZA), PATAGONIA y RIGEL, y transferir el permiso del NAVEGANTES a las otras embarcaciones.
A fojas 121 se hacer notar que pese a haberse intimado presentar dentro del plazo estipulado copia certificada del certificado de matrícula y del título de propiedad del buque bajo apercibimiento de declarar la caducidad del permiso, nunca se presento la documental y nunca se declaró la nulidad por inacción de la administración.
Sin embargo, la Resolución 345/94 consideró a LUIS SOLIMENO E HIJOS SA como propietaria pese a que sólo obraba en el expediente un boleto de compraventa del buque, lo cual de por sí importa un vicio en su causa que apareja nulidad.
A fojas 152 obra una presentación de LUIS SOLIMENO E HIJOS SA, ingresada en fecha 12 de noviembre de 1996, por la cual comunican haber rescindido la operación de compraventa del buque NAVEGANTES a PESQUERA COMERCIAL SA.
Mientras Solimeno explotó el buque NAVEGANTES durante tres años, lo que significó la extensión de permisos de pesca provisorios sin causa durante al menos dos años y medio.
La rescisión posterior del contrato de compraventa importa también la carencia sobreviniente y definitiva de causa de la Resolución 345/94 (fs. 108/110), ya que la misma disponía la transferencia de permisos de los buques VIRGEN MARIA, LETARE, PATAGONIA y RIGEL al NAVEGANTES en virtud de la compra de éste por parte de la sociedad propietaria de aquellos, y si bien los permisos pueden ser transferidos sin que al mismo tiempo se transfiera el buque al cual pertenecen, para que tal transferencia sea válida se requiere la acreditación de la participación del titular del permiso en el paquete accionario del adquirente en una proporción no menor al 25% (art. 6 del decreto 2236/91).
En tanto no se ha perfeccionado la venta del buque y no se ha acreditado el extremo previsto en el párrafo anterior, la transferencia de los permisos también es nula.
La cuestión es que el buque siguió pescando y exportando sin permiso.
Sobre todas estas nulidades, en el 2009 la firma NUVCON SA denuncia en Pesca un acuerdo de cesión de CITC, con la empresa PESQUERA COMERCIAL SA para a aplicar las CITC del buque MIERCOLES SANTO al buque NAVEGANTES.
También en el 2009 se presenta en Pesca la empresa PUNTA BUSTAMANTE SA con otro acuerdo de cesión de CITC con la empresa PESQUERA COMERCIAL SA para aplicar las CITC del buque PEVEGASA QUINTO a favor del buque NAVEGANTES que se aprueba. También se le transfieren las del MIERCOLES SANTO.
En el 2010 PATAGONIA SEAFOOD SA firma otro acuerdo más de cesión de CITC con la empresa PESQUERA COMERCIAL SA para que se transfieran del buque ROSARIO G (M.N. 0549) a favor del buque NAVEGANTES (M.N. 0542).
¿Por qué de golpe se presentan en Pesca estos acuerdos?
Estos acuerdos de transferencias entre distintos grupos empresarios (antes prohibidas) son producto de las modificaciones que firmó la Presidenta Cristina Kirchner en el 2009 para empoderar a los grandes empresarios pesqueros.
De esta forma se concentró la negociación ilegal de las capturas entre millonarios, sean empresarios o funcionarios. A las triangulaciones que multiplican ilegalmente capacidad de captura, aumentos de bodega o de potencia prohibidos, periodos de inactividad truchos, transferencias permisos de buques en condiciones de baja, resurrección de permisos muertos o proyectos pesqueros caducos de viejos expedientes para varios buques, transferencias entre fresqueros y congeladores, se suma esta facilitación: basta presentar el acuerdo y declarar que todo es legal, pasar por el estudio de Bustamante Subsecretario de Pesca, para que se autorice la transferencia.
En el 2012 la empresa PESQUERA LA TRINIDAD SA solicita la transferencia temporal de 591 toneladas de merluza común por la imposibilidad de operar el buque XEITOSIÑO (M.N. 0542) por el lapso falseado de inactividad comercial (ver notas del 2013) al NAVEGANTES y se aprueba sumando otro acto ilegal a la historia de ilegalidad de la depredación en el Mar Argentino.
En el 2014 por supuesto con la gestión de Oscar Fortunato se le otorgaron a Tony Solimeno otras 500 toneladas de merluza para el congelador NAVEGANTES.
Buque pesquero marisquero congelador BORRASCA
EXPTE. 40491/77 Matrícula 5241
PESQUERA CONO AUSTRAL SA solicita el 16/12/77 inscripción en el Registro de propietarios (fs.1/13). Por Res. SSP N° 372/77 de fecha 26/12/77 se otorga inscripción por 180 días (fs. 15).
Con fecha 31/03/78 solicita permiso de pesca (fs. 19/21). Se otorga permiso provisorio de pesca por 60 días el 11/04/78 (fs. 24). Dicho permiso es renovado con fecha 11/06/78 por 30 días (fs. 29) y con fecha 11/07/78 por 180 días (fs. 35). Posteriormente, con fecha 03/11/78 se otorga permiso precario de pesca por 2 años (fs. 62) y cancela el provisorio otorgado (fs. 35).
Por Res. N° SSP-N° 245/78 del 10/07 se prorroga la inscripción por 180 días (fs. 38). Finalmente, la inscripción se otorga en forma definitiva el 09/11/78 mediante Res. N° 480/78 (fs. 64).
A fs. 69 con fecha 03/08/83 por nota SSP N° 694/83 se informa que se venció el permiso, y en consecuencia que se produjo la caducidad del mismo. Sin embargo, con fecha 23/11/83 por nota SSP N° 1272, se informa que se procederá a renovar el referido permiso (fs. 73).
Con fecha 27/02/84 se denuncia avería (fs. 75). Se renueva el permiso de pesca en forma precaria y provisoria con fecha 29/03/85 por 60 días (fs. 78).
A fs. 84 con fecha 02/09/86 el Distrito Costa Atlántica informa la inactividad de la embarcación desde diciembre de 1979. Es decir, el buque estaba dado de baja.
Pero por nota DNPM-N° 584/86 de fecha 19/09/86 se solicita cronograma de reparaciones (fs. 85). A fs. 89/90 se adjunta cronograma. A fs. 94 con fecha 29/03/89 solicitan inscripción del buque en el Registro Especial de buques congeladores.
Con fecha 10/07/90 se presenta Luis SOLIMENO E HIJOS SA y solicita se declare vigente el permiso irrestricto otorgado oportunamente (fs. 100/171) como si existiera y fuera legal.
A fs. 172 con fecha 11/09/90 se otorga permiso de pesca por 60 días, excluyendo el mismo la captura de merluza común y merluza austral. En lo atinente a la captura de langostino se autoriza en forma precaria y provisoria. Dicho permiso es renovado por 60 días con fecha 09/11/90 (fs. 173).
Con fecha 19/06/91 por Res. N° 292/91 se otorga inscripción (fs. 176). A fs. 177, se otorga permiso de pesca provisorio con carácter de irrestricto por el término de 1 año en el mes de mayo de 1991.
El 02/07/92 la empresa solicita nuevo plazo para presentar certificado de matrícula y título de propiedad (fs. 178). Se le otorga permiso provisorio con carácter irrestricto por 180 días con fechas 29/07/92 (fs. 179), 09/02/93 (fs. 182); 14/07/93 (fs. 186), 04/01/94 (fs. 189); 30/06/94 (fs. 191); 20/03/95 (fs. 199); 21/09/95 (fs. 202); 21/03/96 (fs. 205); 03/09/96 (fs. 208); 24/02/97 (fs. 210); 25/08/97 (fs. 212); 25/02/98 (fs. 215); 02/09/98 (fs. 230); 23/02/99 (fs. 233); 20/08/99 (fs. 237); y 18/02/00 (fs. 240). Un canto a la ilegalidad.
Se borra la ilegalidad cuando se reinscribe en la Matricula 1095. A fs. 241 con fecha 16/05/00 la empresa citada solicita permiso de pesca irrestricto (con la matrícula nueva) y definitivo. Adjunta fotocopia legalizada del certificado de matrícula actualizado y se le otorga.
En el 2001 el BORRASCA aparece como perteneciente a la flota arrestrera fresquera por lo que se le otorga cupo de 300 toneladas de merluza común.
Pero Solimeno lo pasa nuevamente a congelador violando la ley federal de pesca: no se puede ser fresquero-congelador.
En el 2005 se lo incluye al BORRASCA como congelador en “Plan de investigaciones para el desarrollo de una pesquería sustentable de anchoita patagónica”.
En el 2006 se le otorga a LUIS SOLIMENO e HIJOS SA un Permiso de Pesca de Gran Altura a favor del buque BORRASCA como congelador (M.N. 01095) por un plazo de DIEZ (10) años (al igual que el PAKU). En el expediente Solimeno declaró como verdad revelada que buque fue incorporado a la matrícula en 1998 y que el permiso irrestricto se encuentra vigente.
En el 2009 le autorizan hacer la prospección de langostino como marisquero congelador (todo se paga). Ese mismo año figura con matricula 5241vieja con CITC de merluza común (al igual que el PAKU). También le autorizaron a Tony la prospección del 2011.
Buque pesquero congelador factoría JOSHEP DUHAMELL
EXPTE. 804067/95 Matricula 5339
En este expediente se autoriza a Tony Solimeno la transferencia del permiso irrestricto del JOSHEP DUHAMELL a los buques VIRGEN MARIA, PROMAC, PATAGONIA, LETARE y RIGEL documentando la corrupción en graves ilegalidades sumadas al intento del NAVEGANTES y UR ETZRA. Se le permite todo a Tony porque por todo paga.
A fs. 1 y con fecha 07/09/95, LUIS SOLIMENO E HIJOS SA informa haber adquirido el buque pesquero JOSEPH DUHAMEL. Este buque pertenecía a la quebrada Ventura por lo que su permiso estaba caduco.
A fs. 50 y por Nota DNPyA N° 769 del 07/06/2000, el Subsecretario de Agricultura Ganadería, Pesca y Alimentación Jorge H. Cazenave comunica que el citado buque posee permiso de pesca definitivo e irrestricto sin cupo otorgado el 02/02/96 (a fs. 21 surge que el permiso fue otorgado el 01/02/96, que anteriormente y dentro del marco del Acuerdo con la Unión Europea el buque había cedido su permiso al b/p PONTE DE RANDE, propiedad de la firma Costa Marina SA por Res. SAGyP N° 319/95 y que por Res. SAPyA recibió el permiso de pesca del b/p JOSEPH DUHAMEL sin aplicación de las Res. N° 985/94 y 787/96 en virtud de lo resuelto judicialmente en oficio de fecha 06/09/95 en autos “Ventura Mar del Plata y Otra S/ Quiebra S/ Incidente de Liquidación de Bienes” en trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial N°2 Sec. 4 de Mar del Plata). TODO ILEGAL.
La ley federal de pesca prohíbe transferencias de buque inactivo y de empresas quebradas. Es decir, el JOSEPH DUHAMEL estaba inactivo y lo compra Solimeno de una quiebra para:
Por un lado, transferir su permiso a los fresqueros PROMAC y VIRGEN MARIA que no lo podían recibir legalmente. Estos buques habían transferido su permiso al PONTE DE RANDE. La Res. 787/96 que debió ser aplicada y que en su artículo 1° in fine dice que los buques que en el marco del convenio con la CEE hayan transferido su permiso no podrán con posterioridad recibir permisos ni realizar tareas de pesca de ninguna índole, debiendo ser dados de baja de la matricula. La normativa impedía el negocio de Solimeno y los funcionarios de pesca. Los buques VIRGEN MARIA y PROMAC no podían resultar receptores de permiso como consecuencia de las transferencias que hicieron al PONTE DE RANDE. Además Solimeno no declara si las transferencias solicitadas implicarían la desafectación voluntaria del JOSEP DUHAMEL (art 7 Decreto 2236/91).
Por otro lado, para que buques de su flota que no podían pescar merluza y langostino pescaran con el irrestricto del JOSEPH DUHAMEL. Los buques fresqueros PATAGONIA y LETARE, también de propiedad de LUIS SOLIMENO E HIJOS SA poseen permiso de pesca definitivo desde el 02/06/94 excluyendo la captura de merluza común, merluza austral y langostino y el b/p fresquero RIGEL, propiedad de la firma PESCA NUEVA SA tiene permiso de pesca definitivo a partir del 23/08/95 excluyendo la captura de merluza común, merluza austral y langostino.
Del expediente no surge que la firma LUIS SOLIMENO E HIJOS SA tenga algún grado de participación accionaria en la firma PESCA NUEVA SA que pudiere viabilizar la transferencia en los términos del artículo 6° del Decreto 2236/91.
De lo expuesto se desprende que no se podía legalmente transferir el permiso del JOSEPH DUHAMEL a ningún buque; que el PROMAC y el VIRGEN MARIA ningún permiso podían recibir (buques que en el 2002 Solimeno cambio los motores al doble de potencia aumentando el esfuerzo pesquero); el PATAGONIA y el LETARE no podían pescar ni merluza ni langostino; y que el RIGEL ni siquiera le pertenecía.
Estos buques PROMAC-VIRGEN MARIA-LETARE-PATAGONIA-RIGEL a la fecha todos siguen pescando y los funcionarios enriqueciéndose de la plata que paga Solimeno para continuar millonario, seguir robando y tener garantizada su impunidad.
LA FLOTA ILEGAL DE SOLIMENO
Todos los buques de Solimeno obtuvieron y obtienen sus permisos y cuotas de capturas con corrupción. Esto es una burla a los empresarios y trabajadores que día a día se esfuerzan con honestidad sin prebendas, sin robar al prójimo ni la Patria. A los buques y números presentados en las notas anteriores hay que sumar los de esta nota. La cifra supera los 1500 millones de dólares en estos 20 años.
MEMORIA: Solimeno antes del Acuerdo Comunitario Pesqeuro vivía al fondo de la casa de sus suegros en la calle Paso casi Entre Ríos y como recordaba en la nota anterior su esposa trabajaba de moza en un café en el muelle. Hoy vive en una mansión en la calle Alvarado acorde a los millones ilegalmente expoliados al mar y trabajadores.
Nadie se hace grande demostrando la pequeñez de los demás. Grande es aquel que puede engrandecer a quienes tiene a su alrededor.
Hago responsable de mi integridad física a la Señora Presidente Cristina Fernández, a Toni Solimeno, y al subsecretario de pesca Miguel Bustamante.
Oficial de Marina Mercante
Investigador