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Gils Carbó pidió suspender embargo contra filial local de Chevron

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se pronunció a favor de suspender la vigencia del millonario embargo que la Justicia trabó contra activos de la petrolera Chevron en Argentina, a raíz de una demanda iniciada en Ecuador, y cuya resolución final por parte de la Corte Suprema de Justicia podría potenciar el acuerdo que la compañía estadounidense firmó con YPF para la explotación conjunta de yacimientos de petróleo no convencional en Vaca Muerta.
"El caso reviste gravedad institucional. La traba de un embargo por un monto de 19.021.522.000 de dólares sobre los activos y, en particular, las cuentas bancarias de sujetos que desarrollan una actividad de notorio interés público, como la exploración y explotación de hidrocarburos, puede producir perjuicios irreparables", resaltó Gils Carbó en un dictamen enviado la semana pasada al máximo tribunal del país.
La causa llegó a la Corte Suprema de Justicia luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmara en enero el embargo del juez de primera instancia Adrián Elcuj Miranda sobre los activos de la petrolera Chevron en la Argentina bajo el amparo de un tratado internacional.
Elcuj Miranda había dispuesto el embargo sobre las acciones, los dividendos y el 40 por ciento de los depósitos bancarios futuros de la filial local de la petrolera en noviembre del año pasado.
Esa decisión respondió a un pedido de la justicia de Ecuador a raíz de una demanda iniciada en 1993 contra la petrolera Texaco por presunto daño ambiental contra unas 30.000 personas residentes de la región de la Amazonia ecuatoriana.
Texaco cesó su actividad en Ecuador en 1992 y en 2001 fue adquirida por Chevron. En base a esta temporalidad, entre otras cuestiones, la petrolera estadounidense sostuvo que no tiene nada que ver con el reclamo.
Para la empresa, la "opinión de la Procuración confirma que la orden de embargo ecuatoriana es contraria al orden público y está causando un daño irreparable a la economía argentina. La adopción de la recomendación por parte de la Corte Suprema apoyaría los continuos esfuerzos de Chevron Argentina de ayudar al país a lograr la autosuficiencia energética".
En su pronunciamiento, que no es vinculante, Gils Carbó argumentó que los sujetos embargados son "sociedades constituidas en la República Argentina y en el Reino de
Dinamarca", lo que implica que tienen "personalidad jurídica propia y distinta de la de sus accionistas directos e indirectos, según lo estipulado por la legislación nacional".
La Procuradora General agregó que "son personas jurídicas distintas de Chevron Corporation y, en ese carácter, tenían derecho a ser oídas, en condiciones de plena igualdad, por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones".
En función de lo anterior, la titular del Ministerio Público Fiscal explicó que los sujetos embargados "no fueron demandados ni condenados en la causa" que se celebró en la justicia ecuatoriana "por lo que no pudieron ejercer su derecho de defensa en juicio", más allá de señalar que de las pruebas no surge que las sociedades argentinas y danesas hubieran intervenido.
Chevron es el quinto productos petrolero del país y dos semanas atrás formalizó el acuerdo con YPF para desarrollar petróleo no convencional en el reservorio neuquino Vaca Muerta.
En marzo, el CEO de YPF, Miguel Galuccio, había advertido a los litigantes ecuatorianos que las derivaciones locales de sus reclamos eran "absolutamente perjudiciales" debido al efecto negativo sobre la inversión y el empleo en el país. 

nosis