SÍNTESIS EJECUTIVA
En respuesta a la solicitud de la Honorable
Cámara de Diputados para que el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires
informe, en detalle y por escrito, sobre aspectos relacionados con contratos
celebrados con las sociedades BOLDT S.A. y BOLDT Gaming S.A., sus subsidiarias,
controladas y controlantes, es menester destacar –a modo de Síntesis Ejecutiva-
los siguientes aspectos del Informe que se adjunta:
1.
En lo
referente a la captación de apuestas:
·
El 29 de noviembre de 2012 vence el contrato
celebrado con BOLDT S.A. como proveedor del servicio de provisión de máquinas
de captación de apuestas on line real time, y su mantenimiento.
·
En el año 2009 se efectuó una prórroga por el
plazo de tres años (Decreto N° 2613 del 27/11/2009, publicado en Boletín
Oficial), mientras que los anteriores contratos lo fueron por ocho y diez años.
Además, se redujeron los porcentajes de retribución del proveedor en dos de los
tres componentes que hacen a la fórmula de retribución, cuando en los antecedentes
surge que, en el año 1995, dos de ellos sufrieron incrementos y sólo uno se
redujo; mientras que en 1999, si bien ambos renglones también sufrieron
reducciones, las mismas se verificaron en el marco de un contrato más extenso
(10 años). Adicionalmente, se señala que a pesar de ello, se logró la provisión
de una cantidad de máquinas electrónicas en promedio similar a los contratos
anteriores, incluida la actualización de las existentes; y se agregó como
obligación de la empresa la incorporación de nuevos servicios de índole
comercial para las terminales en funcionamiento y su correspondiente
actualización tecnológica.
·
Para el contrato original, suscripto en el
año 1993, se invitó a distintas empresas especialistas en la materia, tanto de
orden nacional como internacional, habiéndose presentado las empresas CONSAD
S.A., CICCONE CALCOGRAFICA S.A. y SOFTWARE DE JUEGOS S.A., siendo oportunamente
adjudicado a la empresa SOFTWARE DE JUEGOS S.A. aprobado por Decreto 1933/93,
siguiendo hasta la fecha la siguiente cronología:
Temporalidad de los contratos
Fecha
|
Plazo del contrato
|
1993
|
8
años
(Se firmó, inicialmente,
por 5 años. Luego se amplió 3 años, llevándolo a 8 años).
|
1999
|
10
años
|
Nov.
2009
|
3
años
|
·
Se encuentra en trámite el Expediente N° 2319-5719/10,
por medio del cual se gestiona la aprobación del Pliego de bases y Condiciones
y Especificaciones Técnicas para el llamado a licitación, con el objeto de
contratar este servicio por el plazo de 10 años, prorrogable por 2 años más, a
opción del Instituto Provincial de Loterías y Casinos (en adelante, IPLyC).
·
En los convenios suscriptos y aprobados se
contó con la intervención favorable de la dependencia técnica competente, así
como del órgano asesor y de asesoramiento del Poder Ejecutivo (Asesoría General
de Gobierno) y de los Organismos de Control previstos por la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires (Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de
Estado).
2.
En lo
referente a máquinas electrónicas de juegos de azar:
·
En el año 2013 caducará la exclusividad de
BOLDT S.A. como proveedor del sistema de máquinas electrónicas de juegos de
azar en los casinos de la Provincia de Buenos Aires, originalmente asignada
mediante el Decreto 3956/95.
·
La empresa BOLDT S.A. resulta proveedora
exclusiva de la Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar por un plazo que,
inicialmente, fue de 6 años (según Decreto N° 3956/95), reconducido luego por
10 años (mediante Decreto N° 726/99) y, finalmente, prorrogado anticipadamente
en el año 2007 por 4 años más, hasta el 01/12/2013, mediante Decreto N° 836/07.
Temporalidad de los contratos
Fecha
|
Plazo del contrato
|
1995
|
6
años
|
1999
|
10
años
|
2007
|
4
años
|
Dic.
2007 - Hoy
|
--------
|
·
Cabe destacar que, en el caso del Casino de
Tigre, la vigencia hasta el 01/12/2013 del carácter de proveedor exclusivo de
máquinas de juegos de azar obligó a unificar los contratos. En efecto, el IPLyC
propició desdoblar la provisión de un edificio para el funcionamiento del
Casino del Tigre a partir del 01/12/2011 (fecha de vencimiento de la cesión del
espacio para el casino) y la provisión de las máquinas de juegos de azar a
partir del 01/12/2013, pero la Fiscalía de Estado requirió su unificación al
2013 atento la exclusividad vigente hasta ese año “…teniendo en cuenta que cualquier adulteración en dicha previsión
significaría un serio riesgo de perjuicio fiscal…” señalando en tal sentido
que “se deberá mantener la plena vigencia
del contrato objeto de la presente prórroga”.
·
Asimismo, es necesario resaltar que, con
fecha de inicio el día 2 de julio de 2010, se encuentra en trámite el
Expediente 2319-7704/10 por medio del cual se gestiona la aprobación del Pliego
de Condiciones y Especificaciones Técnicas para el llamado a licitación pública
con el objeto de contratar servicios de máquinas de juegos de azar y mesas de
juegos de paño en el Casino de Tigre.
3.
En lo
referente al Sistema de Administración Centralizada de Infracciones de Tránsito
para la Provincia de Buenos Aires:
·
Luego de un llamado público y apertura de
propuestas realizados en 2007, en el mes de julio de 2008 se adjudicó a la
empresa BOLDT S.A. uno de los cuatro módulos del sistema.
·
El contrato tuvo una vigencia de 1215 días
corridos, desde el 01/09/2008 al 30/12/2011.
·
Sin existir prórroga o extensión alguna, pasó
a manos del Estado la administración de dicho módulo.
A
continuación se adjunta Informe detallado sobre la información solicitada, así
como los Anexos I a VII, conteniendo información complementaria.