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La AFIP también deberá reforzar controles sobre lavado de dinero

La Unidad de Información Financiera (UIF) determinó nuevos mecanismos de control del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo que deberá aplicar la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).A través de la resolución 38 publicada en el Boletín Oficial de hoy, la UIF estableció que la AFIP deberá elaborar un manual de procedimientos para la prevención y lucha contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, crear una sistema de auditorias internas anuales y llevar un registro de las operaciones sospechosas reportadas.Además, el organismo recaudador deberá implementar y desarrollar sistemas y medios tecnológicos que faciliten la detección de operaciones sospechosas.Por otro lado, la resolución establece que la AFIP tendrá que llevar un registro de todas las operaciones sospechosas, incluso de aquellas en las que haya tomado intervención la UIF.Ese listado debería permitir localizar cada expediente y adjuntar las pruebas que hubiera. Y en caso de que la Unidad lo solicite, la información debería ser enviada dentro las 48 horas de realizado el pedido.Toda la documentación recavada tendrá que guardarse con carácter de "reservada", por al menos 10 años desde el momento en el que se haya detectado la operación sospechosa.La AFIP deberá implementar también un sistema de reporte sistemático que tendrá tiempo hasta el 15 del mes siguiente para informar sobre las operaciones detectadas.El organismo recaudador deberá contar con un sistema para detectar operaciones sospechosas de lavado de dinero y financiación al terrorismo que contemple el control de las declaraciones juradas, los resultados de las fiscalizaciones, verificación de sus operaciones locales e internacionales, además de realizar cruces de datos sobre los sujetos investigados.La AFIP deberá tener especial atención en las operaciones que no se relacionen con la actividad declarada por el contribuyente; en los movimientos financieros inconsistentes con la operatoria o capacidad contributiva de la empresa, así como en las operaciones de compra, venta y recompra de activos que no guarden relación con el valor verdadero del bien. Y también deberá controlar los préstamos o ingresos de dinero provenientes de países considerados paraísos fiscales, entre otras operaciones sospechosas.De acuerdo a la Resolución de la UIF, para informar sobre operaciones sospechosas la AFIP tendrá 30 días a partir de la fecha de detección de la operación. Y en el caso de operaciones sospechosas de financiar el terrorismo el plazo se se reduce a 48 horas desde el momento en que se realice o se intente realizar la transacción.También tendrá dos días en caso de que a través de la Aduana detecte operaciones vinculadas al contrabando, tráfico de armas o drogas.La nueva norma de la UIF se suma a las que en las últimas semanas emitió para los sectores bancario, bursátil, de seguros y obras de arte, entre otros.