Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, 3 de julio de 2018
Sres.
COMISIÓN
NACIONAL DE VALORES
Subgerencia
de Sociedades Emisoras
25
de Mayo 175
Ciudad
A. de Buenos Aires
Presente
Sres.
BOLSAS
Y MERCADOS ARGENTINOS S.A.
Sarmiento
299
Ciudad
A. de Buenos Aires
Presente
Ref.: Hecho
Relevante. Adquisición de acciones propias en los términos del
artículo 64 de la Ley de Mercado de Capitales y de las Normas de la
Comisión Nacional de Valores.
De
mi mayor consideración:
Por la presente me dirijo a
ustedes, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del
Capítulo I, Título II y el artículo 2, Capítulo I, Título XII de
las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”)
(TO 2013), a fin de informarles que el Directorio de Sociedad
Comercial del Plata S.A. (la “Sociedad”
o “SCP”)
aprobó la adquisición de acciones propias, conforme el artículo 64
de la Ley 26.831 y las normas de la CNV.
Para la toma de tal decisión,
el Directorio, ha tenido en cuenta que existe una diferencia entre el
valor de los activos de la Sociedad y el precio de cotización de las
acciones en el mercado, el cual no refleja el valor ni la realidad
económica que tienen los mismos en la actualidad ni su potencial
futuro, resultando ello en desmedro de los intereses de los
accionistas de la Sociedad. Asimismo, el Directorio tuvo en cuenta la
fuerte posición de caja y disponibilidad de fondos de la Sociedad.
Se describen a continuación los
términos y condiciones aprobados por el Directorio para la
adquisición de acciones propias:
1.
Finalidad:
contribuir a la disminución de la brecha existente entre el valor de
la Sociedad en base al valor de los activos, y el valor de la misma
en base al precio de cotización de sus acciones, con miras a
contribuir a su fortalecimiento en el mercado, aplicando la fuerte
liquidez de la Sociedad de forma eficiente.
3.
Cantidad máxima de
acciones o porcentaje máximo sobre el capital social que será
objeto de la adquisición:
las acciones en cartera no podrán superar, en conjunto, el límite
del 10% del capital social
4.
Límite diario para
operaciones en el mercado:
Conforme lo dispuesto en la reglamentación, será de hasta el 25%
del volumen promedio de transacciones diarias de los 90 (noventa)
días hábiles anteriores.
5.
Precio a pagar por las
acciones: Hasta un
máximo de $ 4,50 (cuatro pesos con cincuenta centavos) por acción
en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
6.
Origen de los fondos:
se deja constancia que la Sociedad cuenta con la liquidez necesaria
para realizar las mencionadas adquisiciones sin que se afecte la
solvencia de la misma.
7.
Plazo en el que las
adquisiciones se llevarán a cabo:
la Sociedad estará adquiriendo acciones por el plazo de 180 días
corridos, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de
publicación de la compra en los medios de comunicación al mercado,
sujeto a cualquier renovación o extensión del plazoque sea resuelta
por el Directorio, las que serán informadas al público inversor por
ese mismo medio.
8.
Comunicación interna:
se informará a los directores, síndicos y gerentes de primera línea
que, estando vigente una decisión de la Sociedad de adquirir
acciones propias, no podrán vender acciones de ésta de su propiedad
o que administren directa o indirectamente durante el plazo
correspondiente.
Sin otro particular saludo a
Uds. muy atentamente.
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Ignacio
Noel
Presidente