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30 de junio de 2017
Andes Energia plc
(“Andes” o “la Company”)

Resultados de la Asamblea General Ordinaria

Andes Energia se complace en anunciar que todas las resoluciones sometidas a consideración de los accionistas en la Asamblea General Ordinaria de la Sociedad celebrada el día de hoy fueron debidamente aprobadas.

Si desea más información, comuníquese con:

Andes Energia plc

Nicolas Mallo Huergo, Presidente
del Directorio
Billy Clegg, Director de
Comunicaciones


T: +54 11 5530 9920





Stockdale Securities Ltd

Panmure Gordon
Antonio Bossi
David Coaten
Adam James
Atholl Tweedie
Tom Salvesen

T: +44 20 7601 6100

T: +44 207 886 2950
Camarco
Gordon Poole

T: +44 20 3757 4980

Nota a los Editores:

Andes Energia plc es una empresa de gas y petróleo enfocada en actividades de exploración y perforación en América del Sur, con una capitalización de mercado cercana a los £390 millones. La Sociedad tiene sus principales operaciones en Argentina y Colombia.

La Sociedad posee aproximadamente 21* MMbbls de reservas 2P de recursos convencionales y recursos prospectivos certificados de 484 MMBoe, fundamentalmente en la formación no convencional Vaca Muerta de la Argentina y 7,5 millones de acres en toda América del Sur.

La Sociedad posee aproximadamente 250.000 acres netos en la formación Vaca Muerta, el segundo yacimiento de petróleo shale más grande del mundo y el único yacimiento productor de petróleo shale fuera de Norteamérica que produce actualmente 45.000 boepd. Más de 1.000 pozos ya han sido perforados y fracturados en la formación de Vaca Muerta.

Andes es la única sociedad que cotiza en el AIM de la Bolsa de Comercio de Londres con exposición al shale de Vaca Muerta.

*Incluye el 100% de la producción y las reservas netas de Interoil en donde Andes posee el 26,02% de participación.

ORDEN DEL DIA


ESTE DOCUMENTO ES DE VITAL IMPORTANCIA Y REQUIERE SU ATENCIÓN INMEDIATA
Si tiene alguna duda sobre cómo proceder, debe consultar inmediatamente a su agente, gerente de banco, abogado, contador o asesor financiero independiente debidamente autorizado conforme la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000.
Si usted ha vendido o transferido de alguna manera sus acciones ordinarias de la Sociedad, reenvíe por favor este documento al comprador o adquiriente, o al agente, banco o persona a través de la cual se haya efectuado la transmisión al comprador o adquiriente.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
ANDES ENERGÍA PLC
(Constituida en Inglaterra y Gales bajo el número 05083946)
POR LA PRESENTE SE CONVOCA a la Asamblea General Ordinaria 2017 de Andes Energía Plc (la “Sociedad”) que se llevará a cabo en las oficinas de CMS Cameron Mc Kenna Nabarro Olswang LLP en Cannon Place, 78 Cannot Street, Londres EC4N 6AF a las 10.00 horas del 30 de junio de 2017, a los efectos de poner bajo consideración los siguientes asuntos:
Asuntos Ordinarios
Consideración y, de ser pertinente, aprobación de las siguientes resoluciones como resoluciones ordinarias:
1. Recibir, considerar y adoptar los estados contables de la Sociedad para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2016, junto con los informes de los directores y auditores que se adjuntan a ellos.
2. Reelegir a Michael Rake como director de la Sociedad, quien fue designado por el directorio el 19 de septiembre de 2016.
3. Reelegir a Nicolás Mallo Huergo como director de la Sociedad, quien se retira de conformidad con el acta constitutiva de la Sociedad.
4. Reelegir a Nigel Duxbury como director de la Sociedad, quien se retira de conformidad con el acta constitutiva de la Sociedad.
5. Reelegir a Matthieu Milandri como director de la Sociedad, quien se retira de conformidad con el acta constitutiva de la Sociedad.
6. Redesignar a PricewaterhouseCoopers LLP como auditores de la Sociedad para desempeñarse desde la conclusión de la Asamblea hasta la próxima Asamblea General Ordinaria de la Sociedad.
7. Autorizar a los directores para que determinen la remuneración de los auditores de la Sociedad.
Asuntos Extraordinarios
Consideración y, de ser pertinente, aprobación de las siguientes resoluciones, de las cuales la 8 será propuesta como resolución ordinaria y la 9 y la 10 como resoluciones extraordinarias:
8. Autorizar por la presente a los Directores de manera general e incondicional, de conformidad con el artículo 551 de la Ley de Sociedades de 2006 (la “Ley de 2006”) en reemplazo de todas las facultades existentes:
(a) para que ejerzan todas las facultades de la Sociedad para asignar acciones y efectuar ofertas o celebrar acuerdos para asignar acciones de la Sociedad u otorgar derechos para suscribir o convertir títulos en acciones de la Sociedad (conjuntamente, los “Títulos Relevantes”) hasta un monto nominal total de £ 60.000.000; y
(b) para que ejerzan todas las facultades de la Sociedad para asignar títulos de capital (dentro del significado del artículo 550 de la Ley de 2006) hasta un monto nominal total de £ 35.000.000, con la salvedad de que esta facultad sólo se utilice respecto de una emisión de derechos de suscripción a favor de tenedores de acciones ordinarias u otras personas con derecho a participar de dicha emisión cuando los títulos de capital respectivamente atribuibles a las participaciones de tales personas en las fechas de registro que los Directores determinen sean proporcionales (en la máxima medida posible) a la cantidad respectiva de títulos de capital de los que sean propietarias o se estime que sean propietarias o, caso contrario, se asignen de conformidad con los derechos que detenten dichos títulos de capital, sujeto a las exclusiones y demás acuerdos que los Directores consideren necesarios o convenientes para tratar con derechos fraccionales o dificultades legales en virtud de las leyes de cualquier territorio o los requisitos de un ente regulador o bolsa de comercio o en virtud de que las acciones están representadas por depositary receipts o de cualquier otra consideración,
Siempre que las facultades en 8(a) y 8(b) se extingan una vez finalizada la próxima asamblea general ordinaria de la Sociedad después de aprobar esta resolución o a los 15 meses de la fecha de la asamblea general ordinaria, lo que suceda antes; aunque la Sociedad antes de dicha extinción puede efectuar una oferta o celebrar un acuerdo que requiera que los Títulos Relevantes o títulos de capital, según el caso, se asignen después de dicho vencimiento y los Directores podrán asignar Título Relevantes o títulos de capital de conformidad con dicha oferta o acuerdo, como si la facultad en cuestión no se hubiese extinguido.
9. Sujeto a la aprobación de la resolución 8 descripta en la convocatoria de esta asamblea, facultar a los Directores, de conformidad con los artículos 570 y 573 de la Ley de 2006, a asignar títulos (según los define el artículo 560 de la Ley de 2006) a cambio de efectivo conforme a la autorización conferida por la resolución 8 o mediante la venta de acciones de tesorería como si el artículo 561 de la Ley de 2006 no aplicara a dichas asignaciones, siempre que esta facultad se limite a:
(a) la asignación de títulos de capital respecto de una emisión de derechos de suscripción u otra oferta proporcional (pero, en el caso de la autorización otorgada por el párrafo 8(b), mediante una emisión de derechos de suscripción únicamente) a favor de los tenedores de acciones s ordinarias y otras personas con derecho a participar de dicha emisión u oferta cuando los títulos de capital respectivamente atribuibles a las participaciones de tales personas en las fechas de registro que los directores determinen sean proporcionales (en la máxima medida posible) a la cantidad respectiva de títulos de capital de los que sean propietarias o se estime que sean propietarias o, caso contrario se asignen en conformidad con los derechos que detentan dichos títulos de capital sujetos a las exclusiones u otros acuerdos que los directores consideren necesarios o convenientes para tratar con derechos fraccionales o dificultades legales en virtud de las leyes de cualquier territorio o los requisitos de un ente regulador o bolsa de comercio o en virtud de que las acciones están representadas por depositary receipts o de cualquier otra consideración,
(b) la asignación (diferente a lo estipulado en el párrafo 9(a) precedente) de títulos de capital hasta un monto nominal total de £ 35.000.000;
Y la autoridad conferida vencerá ante la extinción de la autorización general conferida por la resolución 8 precedente; aunque la Sociedad podrá realizar una oferta o celebrar un acuerdo antes de que se extinga esta facultad que requiriera o pudiera requerir que los títulos de capital sean asignados y/o las acciones de la Sociedad en tesorería sean vendidas o transferidas después de extinguida dicha facultad y los directores podrán asignar títulos de capital y/o vender o transferir las acciones en tesorería de la Sociedad de conformidad con dicha oferta o acuerdo como si la facultad conferida por esta resolución no se hubiese extinguido;
10. Autorizar por la presente a la Sociedad en forma general e incondicional, de conformidad con el artículo 701 de la Ley de 2006, a comprar en un mercado reconocido (dentro del significado del artículo 693(4) de la Ley de 2006) acciones ordinarias de 10 peniques cada una del capital de la Sociedad (“Acciones Ordinarias”) conforme los términos y de la forma que los Directores determinen en forma periódica, siempre que:
(a) la cantidad máxima de Acciones Ordinarias autorizadas para la compra sea de 90.000.000 (representativas de aproximadamente el 15% del capital accionario emitido a la fecha de la convocatoria a la Asamblea General Ordinaria en la que se proponga esta Resolución);
(b) el precio mínimo que se pague por una Acción Ordinaria sea de £ 0,10 (excluyendo los gastos pagaderos por la Sociedad);
(c) el precio máximo que se pague por una Acción Ordinaria (excluyendo los gastos pagaderos por la Sociedad) no podrá ser superior a lo que sea más alto de:
(i) el 105% del valor de mercado promedio de una Acción Ordinaria durante los cinco días hábiles previos a la fecha en que se acordó la compra de la Acción Ordinaria; y
(ii) el valor de una Acción Ordinaria calculado sobre la base de lo que sea más alto de:
la última cotización independiente de; o
la oferta independiente vigente más alta de
cualquier cantidad de Acciones Ordinarias en la bolsa de comercio del mercado donde la Sociedad realice la compra; y la facultad conferida se extinguirá cuando finalice la próxima asamblea general ordinaria de la Sociedad o a los 15 meses de la fecha de aprobación de esta resolución, lo que suceda antes, aunque la Sociedad podrá, antes de dicha extinción, acordar comprar sus propias acciones, lo cual podrá realizar o ejecutar en forma total o parcial con posterioridad a dicha extinción.
Por orden del Directorio,
Fecha: 7 de junio de 2017
Sede social:
2nd floor
Berkeley Square House
Berkeley Square
London WIJ 6BD




NOTAS
1. Un socio con derecho a asistir y votar en la asamblea tiene derecho a designar a otra(s) persona(s) (que no debe(n) necesariamente ser miembro de la Sociedad) para ejercer todos o cualquiera de los derechos de asistir, tener voz y votar en la asamblea. Un socio podrá designar más de un apoderado en relación con la asamblea, siempre que cada apoderado sea designado para ejercer los derechos correspondientes a las diferentes acciones de su propiedad.
2. El Presidente del Directorio, otro director de la Sociedad y otra persona que hubiera aceptado asistir a la asamblea en su representación podrá actuar como su apoderado. Su apoderado votará del modo en que le indique y deberá asistir a la asamblea para que se compute su voto. En las notas del modelo de poder de representación se indica la forma de designar al Presidente del Directorio o a otra persona para actuar como su apoderado mediante el modelo de poder de representación. La designación de un apoderado no le impide asistir a la asamblea y a votar en persona. Si asiste a la asamblea en persona, su poder será automáticamente revocado.
3. Junto con esta convocatoria, se incluye un modelo de poder de representación en el que se indican las instrucciones para utilizarlo. A fin de ser válido, el poder de representación completo deberá ser entregado a la Sociedad mediante uno de los siguientes métodos:
(a) en copia impresa entregada por correo postal, servicio de mensajería o (durante el horario comercial habitual) en manos a los agentes de registro de la Sociedad (Share RegistrarsLimited) en el domicilio indicado en el modelo de poder de representación; o
(b) cuando sea enviado por correo electrónico, a la dirección indicada en el modelo de poder de representación; o
(c) en el caso de socios de CREST, utilizando el servicio electrónico de designación de apoderados, de conformidad con los procedimientos que se establecen a continuación,
y en cada caso debe ser recibido por la Sociedad antes de las 10.00 horas del 28 de junio de 2017. Tenga presente que no se aceptará una comunicación electrónica enviada a nuestros agentes de registro respecto de la designación de un apoderado que se determine que contiene un virus informático.
4. Para modificar sus instrucciones en el poder de representación, puede entregar un nuevo poder de representación utilizando los métodos antes descriptos. Cuando haya designado un apoderado mediante el modelo de poder de representación y desee modificar las instrucciones mediante otro modelo de poder de representación impreso, comuníquese con los agentes de registro Share Registrars Limited. El plazo para recibir las designaciones de apoderado (véase más arriba) es también de aplicación en cuanto a las instrucciones modificadas. No se tendrá en cuenta ninguna revocación o modificación de una designación de apoderado recibida luego del vencimiento del plazo correspondiente. Cuando se reciban dos o más poderes diferentes y válidos respecto de la misma acción y la misma asamblea, se considerará que la última reemplaza y revoca al(los) anterior(es).
5. Designación de apoderados vía CREST:
(a) Los socios de CREST que deseen designar uno o más apoderados mediante el servicio electrónico de designación de apoderados podrán hacerlo mediante los procedimientos previstos en el Manual de CREST. Los Socios Personales de CREST u otros socios auspiciados de CREST, y aquellos socios de CREST que han designado a uno más prestadores de servicios de voto, deben remitirse a su auspiciante CREST o prestador(es) de servicios de voto, quien(es) podrá(n) adoptar la medida correcta en su nombre y representación.
(b) A los fines de la validez de una designación de apoderado realizada mediante CREST, el mensaje correspondiente de CREST (una "Instrucción de Apoderado vía CREST") debe estar debidamente autenticado de conformidad con las especificaciones de Euroclear del Reino Unido e Irlanda y debe contener la información requerida para tales instrucciones, descriptas en el Manual de CREST. El mensaje, sin perjuicio de que constituya la designación de un apoderado o la modificación de la instrucción impartida a un apoderado previamente designado, para ser válido, debe ser transmitido de modo de ser recibido por el representante de la Sociedad (ID 7RA36) a la última hora para recibo de poderes de representación establecida en la convocatoria a la asamblea. A este fin, la hora de recepción será la hora (determinada por la estampilla con la hora estampada en el mensaje por el Host de aplicaciones de CREST) a partir de la cual el representante del emisor puede recuperar el mensaje mediante solicitud de la forma prescripta por CREST.
(c) La Sociedad podrá considerar inválida una Instrucción al Apoderado vía CREST en las circunstancias determinadas en la Regulación 35(5)(a) de las Regulaciones sobre Títulos Valores Desmaterializados de 2001.
(d) Los socios de CREST y, cuando corresponda, sus auspiciantes de CREST o proveedores de servicios de voto deben tener en cuenta que Euroclear del Reino Unido e Irlanda no dispone de procedimientos especiales en CREST respeto de mensajes en particular. Por lo tanto, se aplicarán los horarios y limitaciones habituales del sistema con relación a las Instrucciones al Apoderado vía CREST. Es responsabilidad del socio de CREST en cuestión adoptar (o, si el socio es un socio personal de CREST o un socio auspiciado o ha designado uno o más proveedores de servicios de voto, procurar que su auspiciante de CREST o proveedor(es) de servicios de voto adopte(n)) la medida que sea necesaria a fin de asegurar que un mensaje sea transmitido mediante el sistema de CREST para una hora particular. En este sentido, se remite a los socios de CREST y, de corresponder, sus auspiciantes de CREST o proveedores de servicios de voto, en especial, a las secciones del Manual de CREST respecto de las limitaciones prácticas del sistema de CREST y sus horarios.
6. Solamente aquellos accionistas inscriptos en el Registro de Socios de la Sociedad a las 10.00 horas del 28 de junio de 2017 (o, en caso de aplazo de la asamblea, en la fecha que tenga lugar dos días antes de la hora de la asamblea en segunda convocatoria) tendrán derecho a asistir y votar en la asamblea o en la asamblea en segunda convocatoria respecto de la cantidad de acciones registradas a sus respectivos nombres en dicho momento. Las modificaciones introducidas en el Registro de Socios luego de tal horario no se tendrán en cuenta para la determinación de los derechos de una persona a asistir o votar en la asamblea o en la asamblea en segunda convocatoria.
7. Toda sociedad anónima que sea socia podrá designar a uno o más representantes societarios para ejercer en su nombre todas las facultades como socio siempre que no lo hagan en relación con las mismas acciones.
8. Todo socio que asista a la asamblea tendrá el derecho a realizar preguntas. La Sociedad deberá disponer que se responda a las preguntas referidas a los asuntos puestos a consideración en la asamblea, pero no deberá responderse si:
(a) hacerlo interfiere de manera indebida en la preparación para la asamblea o implica la difusión de información confidencial;
(b) la respuesta ya hubiera sido dada en un sitio web como respuesta a una pregunta; o
(c) responder a dicha pregunta fuera perjudicial para los intereses de la Sociedad o el buen orden de la asamblea.
9. Al 31 de mayo de 2017 (el último día hábil previo a la publicación de esta convocatoria), el capital accionario emitido de la Sociedad estaba conformado por 605.537.372 acciones ordinarias de un voto cada una de ellas. Por lo tanto, el total de derechos de voto de la Sociedad es de 60. 537.372.
10. Se puede encontrar una copia de esta convocatoria, y demás información requerida por el artículo 311A de la Ley de Sociedades de 2006, en www.andesenergiaplc.com.ar
11. La sede social de la sociedad se encuentra abierta para la inspección de los siguientes documentos durante el horario comercial habitual en días de semana (excluidos los feriados) y en el lugar de la asamblea general ordinaria durante los 15 minutos previos a la asamblea y el transcurso de esta:
(a) copias de los contratos de prestación de servicios de los directores ejecutivos con la Sociedad; y
(b) copias de las cartas de designación de los directores no ejecutivos; y
(c) el acta constitutiva de la Sociedad.