Cámara revocó multa contra Banco de Valores

La Justicia revocó una resolución del Banco Central (BCRA) que, en 2014 y por operaciones relacionadas al "contado con liquidación", había impuesto al Banco de Valores una multa de 161,44 millones de pesos.
Así lo resolvió la Sala III de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo, al considerar que la sanción impuesta a Banco de Valores SA, a su presidente y a los directores del Comité de Prevención del Lavado de Dinero, al vicepresidente, a los síndicos y a otros miembros carecía de fundamento suficiente y era desproporcionada.
La multa se produjo por legajo incompleto, falta de conocimiento del cliente e incumplimiento de las normas de lavado de dinero.
En el fallo, los miembros del tribunal, Clara Dopico, Rodolfo Facio y Carlos Grecco, cuestionaron las pautas adoptadas por el BCRA en la resolución en cuestión para fijar las multas al Banco de Valores y a sus directivos, por considerar que no se adecuaban a los parámetros fijados por el mismo ente rector a través de la comunicación "A" 3579.
De acuerdo al fallo al que accedió el diario La Nación, el tribunal expresó que los hechos considerados por el BCRA para mensurar la sanción por "legajos incompletos y falta de conocimiento del cliente" no son susceptibles de apreciación pecuniaria, por lo que "ponderar la 'magnitud de la infracción' tomando como parámetro el monto total de las operaciones acaecidas durante el lapso de verificación no resulta razonable".
Además, calificó de errado que para fijar la multa se haya hecho una valoración sobre la base de un pretendido carácter "ejemplificador" y de "disuasión" sobre el resto de las entidades del mercado financiero.
Al respecto, el tribunal afirmó que la "función de disuasión sobre los agentes del mercado financiero" no está prevista en la normativa vigente como parámetro para la fijación de las sanciones de multas por infracciones a la normativa dictada por el BCRA.
En otro orden, la Cámara encontró que no había relación alguna entre el elevado monto de la multa y las características de la supuesta infracción.
Así, la Cámara revocó parcialmente la resolución recurrida, por considerar que si bien habría mediado una infracción de parte de Banco de Valores, el monto de la sanción conjunta resultaba carente de fundamentos y desproporcionado. El BCRA tiene ahora 60 días para fijar una nueva multa.