Corte ordenó dar publicidad oficial a Canal 13

La Corte Suprema de Justicia ordenó incluir a Canal 13, de Grupo Clarín, en el reparto de la publicidad oficial, destacando la importancia de la libertad de expresión como protección de la actividad crítica de los periodistas y que el incumplimiento de las sentencias por parte del Estado es "una clara violación de principios constitucionales".
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó este martes al Estado Nacional incluir a la empresa Arte Radiotelevisivo Argentino SA (Artear SA), titular de LS 85 TV Canal 13, en el reparto de la publicidad oficial y destacó la importancia de la libertad de expresión en el régimen democrático, tanto en lo referente a la libertad que tienen los ciudadanos de expresar sus ideas, como en la protección de la actividad crítica de los periodistas y en el rechazo de todo tipo de censura.
El fallo confirmó la sentencia de la Cámara que había hecho lugar a la demanda invocando precedentes de la Corte (Río Negro y Perfil), informó hoy el Centro de Información Judicial (CIJ).
Los jueces Lorenzetti, Maqueda y Fayt firmaron un voto conjunto en el que declararon admisible el recurso, destacando que los precedentes deben ser acatados y reforzando la importancia del cumplimiento de las sentencias.
La jueza Highton adhirió con su propio voto; los jueces Petracchi y Argibay declararon inadmisible el recurso y el juez Zaffaroni solicitó que se diera vista al Procurador.
La empresa Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. (ARTEAR S.A.) promovió una acción de amparo contra el Estado Nacional pidiendo el cese de la asignación arbitraria y discriminatoria de la pauta oficial, manteniendo la distribución en relación con la cantidad de publicidad recibida en particular con anterioridad a 2008.
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal había dispuesto que el Estado Nacional elaborara una pauta de publicidad oficial proporcional a que canalizaba a emisoras similares y la Corte respaldó hoy esa determinación.

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