El juzgado de Primera Instancia número 3 de Paterna (Valencia) ha condenado a Bankia a devolver cerca de 100.000 euros a un cliente por la gestión indebida de un contrato por permuta financiera, denominado 'swap', según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
El caso se remonta a los contratos de permuta financiera de tipos de interés suscritos en julio y agosto de 2008 por dos mercantiles, propiedad de una misma persona, con Bankia. El afectado, representado por el abogado Ignacio Grau, del bufete Rocabert&Grau Abogados, presentó una demanda contra la entidad financiera y pidió la nulidad de estos contratos al alegar que había existido vicio de consentimiento derivado de una falta de información y de la inexistencia de formalización de los test de conveniencia.
En cuanto al contenido de los contratos, el magistrado los define como "atípicos, bilaterales, sinalagmáticos, aleatorios o especulativos, de tracto sucesivo y duración determinada", por los que dos operadores --cliente y entidad-- se comprometieron a intercambiar durante un cierto periodo las prestaciones dinerarias que fueron pactadas.
En cuanto al contenido de los contratos, el magistrado los define como "atípicos, bilaterales, sinalagmáticos, aleatorios o especulativos, de tracto sucesivo y duración determinada", por los que dos operadores --cliente y entidad-- se comprometieron a intercambiar durante un cierto periodo las prestaciones dinerarias que fueron pactadas.